GOBIERNOS DEPARTAMENTALES
(Breve reseña)
CADA UNO DE LOS DIECINUEVE DEPARTAMENTOS DEL PAÍS TIENE SU PROPIO GOBIERNO
ES LO QUE CONOCEMOS COMO INTENDENCIAS
ESOS GOBIERNOS DEPARTAMENTALES O INTENDENCIAS TIENEN AUTONOMÍA Y DECIDEN SOBRE MÚLTIPLES ASPECTOS DE ESE DEPARTAMENTO.
DICTAN DECRETOS QUE ESTÁN AL MISMO NIVEL QUE UNA LEY DICTADA POR EL PODER LEGISLATIVO, DICHO DE OTRA FORMA: LOS DECRETOS DE LAS INTENDENCIAS SON LEYES EN ESE DEPARTAMENTO.
ESTÁN REGULADOS POR LA CONSTITUCIÓN EN EL ARTÍCULO 262 Y SIGUIENTES.
CADA INTENDENCIA ESTÁ FORMADA POR DOS ÓRGANOS:
EL INTENDENTE
LA JUNTA DEPARTAMENTAL
EL INTENDENTE: Es elegido por la población de ese departamento el segundo domingo de mayo cada cinco años y puede ser reelecto por una sola vez en forma consecutiva.
Cada ciudadano elige el intendente del departamento al cual pertenece (eso se da cuando saca la credencial por primera vez) es decir, puedo vivir en Montevideo pero si la credencial la tramité en Tacuarembó, NO puedo votar por el intendente de Montevideo y sí debo hacerlo por el de Tacuarembó. Si quiero votar por Montevideo tendré que hacer lo que se llama un traslado de mi credencial cívica desde Tacuarembó a Montevideo.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL: Está formada por 31 ediles que se eligen de igual forma y conjuntamente con los Intendentes.
¿QUÉ HACEN LOS GOBIERNOS DEPARTAMENTALES/INTENDENCIAS?
Trabajan para un mejor desarrollo del Departamento. Tienen distintas tareas de índole económica, cultural, recaudación de impuestos, de salud, higiene, transporte etc.
MUNICIPIOS LEY 18.567
A partir del año 2009 se crean los Municipios.
Esto es: Zonas, circunscripciones territoriales donde se encuentra el Gobierno Municipal integrado por un alcalde y cuatro concejales que son elegidos por votación popular conjuntamente con Intendentes y ediles el segundo domingo de mayo cada cinco años.
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